Nueva normativa sobre la exhibición de precios en Argentina

18 de Enero del 2025

Nueva normativa sobre la exhibición de precios en Argentina
Normativa sobre Exhibición de Precios

Normativa sobre Exhibición de Precios

En la República Argentina, la exhibición de precios en comercios y anuncios publicitarios está regulada por disposiciones que buscan garantizar transparencia y claridad para los consumidores.

A continuación, se detallan las principales obligaciones y consideraciones:

1. Moneda de exhibición

Los precios deben ser exhibidos en la moneda de curso legal y forzoso del país, es decir, en pesos argentinos. De manera complementaria, también se pueden mostrar en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras.

2. Precio total y final

El precio exhibido debe corresponder al importe total y final que el consumidor deberá abonar por el producto o servicio.

3. Información adicional sobre impuestos

Junto al precio final, se debe incluir el importe neto sin la incidencia del IVA y otros impuestos nacionales indirectos que impacten en el precio. Esta información debe:

  • Estar acompañada de la leyenda: “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”.
  • Aparecer en caracteres tipográficos menores a los utilizados para el precio final.

Nota: Esta obligación no aplica a precios financiados ni a otros casos específicos mencionados más adelante.

4. Precios financiados

Cuando se ofrezcan opciones de financiación, es obligatorio informar:

  • El precio de contado.
  • La cantidad y el monto de cada cuota.
  • El costo financiero total efectivo anual (CFT).

5. Precio por unidad de medida

Se debe indicar el precio de venta por unidad de medida (kg, l, m, m², m³, entre otros) en caracteres tipográficos menores al precio final. En productos de presentaciones pequeñas (≤50 g o ml), la referencia deberá hacerse por cada 10 g o ml. Esta obligación no aplica si el precio por unidad de medida coincide con el precio final.

6. Excepción para balanzas electrónicas

En comercios minoristas que venden productos al peso y utilizan balanzas electrónicas con impresión de tickets o adhesivos, no es obligatorio cumplir con el inciso relacionado a la información adicional sobre impuestos (inciso c).

7. Consistencia entre precios exhibidos y cobrados

Es fundamental que los precios exhibidos en góndolas coincidan con los efectivamente cobrados en las cajas.

8. Servicios internacionales

Los servicios ofrecidos directamente al público que se presten desde, hacia o en el exterior pueden exhibir y publicitar sus precios en dólares estadounidenses, cumpliendo así con la normativa vigente.

El cumplimiento de estas regulaciones es esencial para proteger los derechos del consumidor y fomentar la confianza en las transacciones comerciales. Tanto los comercios como los anunciantes deben asegurar que la información proporcionada sea clara, accesible y esté alineada con la normativa vigente.

Categorías: Precios

Tags: Consumidor, Precios, Información Comercial

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